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RIMPE en Ecuador (resumen…)

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El RIMPE o Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares es un nuevo régimen creado que entró en vigor  el 1ro de enero del 2022 para ir sustituyendo los  llamados regímenes impositivos como Régimen Impositivo Simplificado-RISE y Régimen Impositivo para Microempresas-RIMI. Este RIMPE está enfocado sobre emprendedor y negocio popular los cuales son sujetos pasivos, personas naturales y jurídicas con un ingreso desde $1,00 hasta $300.000,00.

Todos los contribuyentes inscritos en el Registro Único de Contribuyente RUC hasta el mismo 31 de diciembre del 2021 que antes pertenecían a los regímenes de RISE y RIMI y que cumplan los requisitos para pertenecer a este nuevo RIMPE se incorporarán sin necesidad alguna de realizar algún trámite. Ahora los nuevos contribuyentes  que inicien con RUC a partir del 1ro de enero del 2022 y que también cumplan las condiciones para pertenecer al nuevo RIMPE también iniciarán automáticamente sobre él.

Este nuevo RIMPE como bien su nombre lo indica se divide en dos grupos, RIMPE Negocio Popular y RIMPE  Emprendedor. Negocio Popular serian aquellas personas naturales con ingreso brutos anuales desde hasta $20.000,00 (al cierre del 31 de diciembre del año pasado).Los Emprendedores serian aquellas personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales desde $20.001,00 hasta $300.000,00 (cierre del 31 de diciembre del año pasado).Recuerde que son ingresos brutos aquellos gravados percibidos por el contribuyente, menos descuentos y devoluciones y estarían obligados a llevar un registro de ingreso y gastos.

EL Servicio de Rentas Internas SRI pone un listado referencial de guía a los contribuyentes para saber a qué tipo de RIMPE pertenece de acuerdo a las bases de datos de la administración tributaria. Usted puede luego descargar estos listados y consultar tanto para negocio popular (clic aquí) como Emprendedores (clic aquí). Estos listados se actualizan por parte del SRI semanalmente.

Las actividades que no se sujetan al nuevo RIMPE y las cuales no se tendrán en cuenta sus ingresos son las siguientes:

  • Transporte
  • Actividades agropecuarias
  • Comercializadoras de combustibles
  • Relación de dependencia
  • Rentas de capital
  • Regímenes especiales
  • Receptores de inversión extranjera directa
  • Sectores de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos, farmacéuticas, financiero, seguros, Economía Popular y Solidaria e industrias básicas
  • Contratos de construcción, urbanización, lotización, etc.
  • Actividades profesionales, mandatos y representaciones
  • Quienes hayan recibido ingresos brutos superiores a USD 300 000 en el año anterior

La vigencia de RIMPE Negocio Popular estará basada mientras pueda conservar la condición que lo acredita como tal pues si un Negocio Popular registra ingresos superiores a los $20.000,00 permanecerá en el Régimen bajo el cumplimiento de las obligaciones simplificadas y dejará de ser parte del esquema del negocio popular desde el ejercicio fiscal siguiente.

Para los RIMPE Emprendedores su vigencia será de una aplicación obligatoria por un plazo de 3 años contados desde la primera declaración del impuesto a la renta, siempre que cumplan con las condiciones para pertenecer a este régimen claro.

Si desea consultar algunas inquietudes de contribuyentes respecto al nuevo RIMPE puede consultar una guía de preguntas frecuentes que el SRI puso a nuestra disposición para descargar (clic aquí) para ganar en conocimiento y despejar dudas.