A partir del 30 de Noviembre ningún sistema de facturación electrónica podrá emitir Retenciones que no se correspondan a la versión 2.0.0 (Retención ATS) esto fue resuelto en la resolución RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC22-00000024. Facturas Rápidas EC cumpliendo el artículo 3 implementó sin costo adicional dicha función.
Artículo 3.
Artículo 3. Los sujetos pasivos obligados a la emisión de comprobantes de venta, retención y
documentos complementarios bajo la modalidad electrónica, conforme lo señalado en los artículos 1 y 2
de la presente Resolución, que sean calificados como agentes de retención por el Servicio de Rentas
Internas, incluidos los contribuyentes especiales, deberán implementar obligatoriamente la versión ATS de comprobantes de retención, de conformidad con lo dispuesto en la ficha técnica de comprobantes
electrónicos, disponible en el portal web del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec), hasta el 29
de noviembre de 2022.
A continuación te explicamos sus especificaciones para con la configuración en la aplicación Móvil.
¿Que es lo que es nuevo?
Si la identificación del Sujeto Retenido o proveedor es identificación del exterior deberá escoger el Tipo de transacción que se realizando:
Tipo de Transacción: como su nombre lo indica servirá para especificar el tipo de Transacción por la cual vas a realizar la retención. Deberás escoger uno de las opciones listadas.
Parte Relacionada: es un campo condicional se debe ingresar información solamente cuando el código del tipo de identificación del proveedor o retenido es igual a 01, 02 y 03. Debe siempre seleccionarse una opción (SÍ o NO).
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Tipo de Documento: Es obligatorio seleccionar el tipo de documento que se está reteniendo. Ahora se agregan nuevos tipo de documentos para la retención 2.0
Justificación del Documento: una vez seleccionado el tipo de documento sustento deberá seleccionar una opción adicional que corresponde a la justificación del documento.
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Lo siguiente que el Agente de Retención deberá agregar al documento de Retención ATS 2.0.0 serán los impuestos que constan. en el documento que se está reteniendo.
Impuesto IVA, Impuesto ICE y Formas de pagos en el documento Sustento
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El resto de funciones de la retención se mantienen igual a como se gestionaban anteriormente.