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Pago de impuestos en el 2023 para Rimpe Negocios Populares.

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Los Negocios Populares son una de las 2 clasificaciones catalogadas dentro del Régimen Rimpe desde que entrara en vigor la Ley de Desarrollo Económica de diciembre del 2021. Estadísticamente hablando ocupan la mayor parte de los contribuyentes del país, se dice que estos son cerca de 1.2 millones catalogados como negocio popular redondeando así un 52% respecto al total de la cifra de contribuyentes con RUC en Ecuador.

Recordemos que todo Negocio Popular está exento de obligatoriedad en cuanto a emisión de facturar electrónicamente puesto que ellos no facturan, sino que emiten notas de venta. Estas notas de venta no desglosan valor alguno de impuesto al valor agregado (IVA) por lo que no aplican ningún impuesto de este tipo hacia el SRI en todo el año. No son sujetos ni agentes de retención y solamente deben pagar de manera anual, en marzo específicamente un impuesto a la renta por un valor fijo de $60.00 según el ejercicio tributario del 2022.

Aclarar que Rimpe Negocio Popular no son más que personas naturales con RUC que tienen ingresos brutos anuales hasta los $20000.00. Tener una leve diferencia superior en tus ingresos te convertiría automáticamente al Rimpe Emprendedor el próximo año donde si tendrías que facturar electrónicamente, declarar impuesto al IVA semestral, así como un impuesto a la renta con tarifa progresiva de acuerdo a los ingresos obtenidos.

Para este 2023 los Negocios Populares solo deberán pagar el impuesto anual de la renta pactado en un valor de 60$. Según el SRI para el 2024 se espera que este valor cambie y que se aplique una tarifa progresiva para estos, puesto que a modo de ejemplo no es justo que un contribuyente Negocio Popular que anualmente obtiene ingresos de $5000.00 pague la misma tarifa plana de $60.00 al igual que otro establecimiento que obtuvo cerca de los $20000.00 de ingresos, cifra límite para los negocios populares. Toda esta situación se evaluó en la Corte Constitucional por el director del SRI Francisco Briones el cual plantea que para el 2024 esta cuantía fija debe variar y no ser más un valor fijo ya que contraviene los principios tributarios de progresividad.

Espero que la publicación les haya sido útil y de su interés, recuerde que nosotros somos Facturas Rápidas EC su mejor aliado para asesorarle y brindarle herramientas de trabajo (Sistema web o App android o App IOS) para enfrentar estos cambios que se vienen sobre facturación electrónica de una manera rápida y sencilla. Nos vemos en el siguiente blog.